SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1497/2014
Fecha: 16-Jul-2014
II.4.
II.4. Por memorial de 18 de enero de 2012, la accionante, a través de su representante, alegando que se notificó irregularmente con el Auto de calificación del proceso y los complementarios, suscitó incidente de nulidad de la diligencia practicada el 15 de diciembre de 2011, que fue rechazado por Auto de 17 de junio de 2012; decisión que luego de notificarse a las partes, dio lugar a que la parte actora por memorial de 19 de octubre del mismo año, presentara recurso de reposición con alternativa de apelación, siendo resuelto por Auto de 7 de diciembre del citado año, confirmando la Resolución recurrida y, frente a la apelación interpuesta alternativamente se dispuso tenerse presente en el contexto de los arts. 24.2 y 4 y 25 de la LAPCAF, reservándose su fundamentación frente a una eventual apelación de la sentencia (fs. 252 a 253, 283 a 284, 286 a 288 y 292).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1. Del recurso de apelación concedido en el efecto diferido -las resoluciones que resuelven incidentes de nulidad-
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR