Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1497/2014
Fecha: 16-Jul-2014
II.3.
II.3. La accionante, mediante su representante, por memorial de 18 de noviembre de 2011, solicitó se notifique a las partes con el Auto de calificación del proceso, así como con los complementarios, habiendo la autoridad jurisdiccional ahora codemandada deferido a tal petición, providenciando: “Por la Oficial de Diligencias cúmplase conforme lo solicitado”, materializándose la misma el 15 de diciembre del mismo año (fs. 246 a 247).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1. Del recurso de apelación concedido en el efecto diferido -las resoluciones que resuelven incidentes de nulidad-
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR