SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1503/2014
Fecha: 16-Jul-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante refiere que las autoridades demandadas, a tiempo de dictar la Sentencia Agroambiental Nacional S2a 025/2013 de 5 de julio, vulneraron su derecho al debido proceso, así como los principios de seguridad jurídica y legalidad; toda vez que, efectuaron una incorrecta interpretación y aplicación del art. 51.I inc. a) del DS 29215, al concluir que la forma de la avocación que adoptó el Director Nacional del INRA, cumpliría normativa agraria vigente. Por otro lado, sostiene que los fundamentos expuestos en el fallo agroambiental, convalidan varias arbitrariedades e irregularidades cometidas en el proceso de reversión del predio “La Cumbre”. En consecuencia, corresponde en grado de revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela impetrada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia referida a la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- III.2. Del instituto de la cosa juzgada constitucional
- III.3.1. De la avocación asumida por el Director Nacional del INRA
- III.3.2. Respecto al
- b)
- REVOCAR