SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1504/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1504/2014

Fecha: 16-Jul-2014

el accionante debe demostrar esa vinculación entre el acto que impugna y su derecho supuestamente vulnerado

           De igual forma, la SC 0641/2010-R  de 19 de julio indicó: “…la legitimación activa es un requisito de procedencia de la acción de amparo, en la que el accionante debe demostrar esa vinculación entre el acto que impugna y su derecho supuestamente vulnerado; es decir, que especifique claramente el daño o menoscabo a sus derechos fundamentales y la relación causal directa con el acto o resolución impugnada, porque de no ser claros estos elementos, o cuando no se pruebe que tales actos han afectado directamente sus derechos, entonces la acción de amparo corresponderá ser declarada improcedente y se deberá denegar la tutela solicitada” (las negrillas son nuestras), entendimiento reiterado por la SCP 0722/2012 de 13 de agosto.