SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1555/2014
Fecha: 01-Ago-2014
II.2.
II.2. Por Sentencia Agraria Nacional 026/2003 de 7 de agosto, la Sala Segunda del entonces Tribunal Agrario Nacional, dentro de la demanda contenciosa administrativa interpuesta por Juan Justo Arano López y Gustavo Ponce Carrasco, en representación de la Asociación Agrícola Ganadera “Candelaria Suyo”, contra el Director Nacional del Instituto Nacional de Reforma Agraria, impugnando la Resolución Final de Saneamiento RFS-CNS 0050/2002 de 20 de junio, declararon probada la demanda y en su mérito, nula la Resolución impugnada, disponiendo la regularización del trámite y la emisión de nueva resolución final de saneamiento, con el argumento de haber evidenciado que la autoridad demandada incurrió en actuación ilegal al emitir dicha resolución, porque no se pueden dejar sin efecto Resoluciones Supremas ni títulos ejecutoriales por el principio de jerarquía normativa (fs. 323 a 327).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió parcialmente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.I. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El debido proceso en su elemento motivación de las Resoluciones
- la congruencia abarca dos ámbitos, el primero referido a la unidad del proceso; es decir, la coherencia y vínculo que debe existir entre una resolución y otra dentro de un mismo proceso, y el segundo en cuanto a la consideración y resolución de todos los puntos puestos a consideración del juzgador, lo que significa que también debe existir coherencia y unidad de criterio dentro de una misma resolución,
- III.3.
- CONFIRMAR