SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1555/2014
Fecha: 01-Ago-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes, en representación de la Sociedad Agrícola Ganadera “Candelaria Suyo”, denuncian vulneración a sus derechos al debido proceso y a la propiedad privada, alegando que los Magistrados del Tribunal Agroambiental que conforman la Sala Segunda, dentro del proceso contencioso administrativo planteado por el cual impugnaron la Resolución Suprema 5938 de 7 de septiembre de 2011, debido a los vicios en la tramitación del procedimiento de saneamiento simple del predio rural “Combuyo”, ignorando las irregularidades denunciadas, decidieron mantener la determinación de área fiscal sobre una propiedad privada, emitiendo la Sentencia Agraria Nacional 050/2013, a la que acusan de incongruente al carecer de una relación lógica entre la petición, las consideraciones y la decisión final; además, por haber analizado nuevamente la excepción de cosa juzgada, ignorando que antes ya fue declarada improbada por el propio Tribunal Agroambiental, mediante Auto de 25 de junio de 2012, contradiciendo sus propias decisiones, extralimitando su competencia al pronunciarse sobre un punto que no estaba sujeto a decisión ni era objeto de resolución.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió parcialmente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.I. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El debido proceso en su elemento motivación de las Resoluciones
- la congruencia abarca dos ámbitos, el primero referido a la unidad del proceso; es decir, la coherencia y vínculo que debe existir entre una resolución y otra dentro de un mismo proceso, y el segundo en cuanto a la consideración y resolución de todos los puntos puestos a consideración del juzgador, lo que significa que también debe existir coherencia y unidad de criterio dentro de una misma resolución,
- III.3.
- CONFIRMAR