SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1564/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1564/2014

Fecha: 01-Ago-2014

II.4.

II.4.   Por nota CITE DIR.MED.H.C.V.538/13 de 5 de diciembre de 2013, los demandados, pusieron a conocimiento de Edwin Arturo Castellanos Mendoza, Honorable Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba, que a finales del mes de octubre de 2013, tuvieron una reunión con Ariel Rojas, Asesor Legal de la Alcaldía de Cochabamba y Jenny Almanza, Directora de DIASA, y la Federación del Adulto Mayor, a objeto de discutir temas relacionados a la hemodiálisis, oportunidad en la que el Asesor indicó a manera de conclusión que dieran un compás de 10 días, para que las autoridades del Municipio encuentren la figura legal, para cancelar el servicio de hemodiálisis, con dineros del II nivel, habiendo transcurrido más de un mes sin respuesta y al encontrarse con déficit, ya no podrían sostener la misma, motivo por el que se ven obligados a suspender el servicio (fs. 12 a 13).