Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1576/2014
Fecha: 11-Ago-2014
acción de libertad
En revisión la Resolución 06/2014 de 6 de febrero, cursante de fs. 34 a 39, dentro de la acción de libertad interpuesta por Ivan Perales Fonseca en representación sin mandato de Nelson Zarate Condori contra Ana Georgina Dorado Mojica, Jueza Séptima de Instrucción en lo Penal de El Alto del departamento de La Paz.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
- la acción de libertad, no puede ser desnaturalizada en su esencia y finalidad, debiendo evitarse que se convierta en un medio alternativo o paralelo que provoque confrontación jurídica con la jurisdicción ordinaria
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3.
- o de otro carácter que fueren necesarias para hacer efectivos tales derechos y libertades
- 3°