SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1576/2014
Fecha: 11-Ago-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, a través de su representante, señala como lesionados sus derechos a la libertad, al debido proceso, a la defensa y “certeza jurídica”, ya que dentro del proceso penal que se le sigue por la presunta comisión del delito de “atentado contra la salud pública”, en audiencia de medidas cautelares su persona se encontraba detenida sin abogado junto a dos personas que si estaban acompañadas de su abogado defensor, correspondiendo en su caso, que la autoridad demandada suspenda la audiencia y llame a un abogado de defensa pública o de oficio; sin embargo, impuso al abogado de los otros detenidos a que lo asista; y, a pesar de su negativa reiterada porque no conocía el proceso, de forma abusiva fue nombrado su defensor; por lo que, en contra de la ley y la Constitución, la autoridad demandada dispuso su detención preventiva, en una audiencia que duró diez minutos, pues hizo repetición de la imputación formal, sin mayor fundamento ni análisis de los indicios, en agresión directa a los principios del debido proceso.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
- la acción de libertad, no puede ser desnaturalizada en su esencia y finalidad, debiendo evitarse que se convierta en un medio alternativo o paralelo que provoque confrontación jurídica con la jurisdicción ordinaria
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3.
- o de otro carácter que fueren necesarias para hacer efectivos tales derechos y libertades
- 3°