Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1605/2014
Fecha: 19-Ago-2014
I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
Mediante Resolución 84/2013 de 24 de diciembre, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, declaró improcedente la acción de amparo constitucional interpuesta por Álvaro Iván Jáuregui Jinés en representación legal de Lucy Julia Zarzuela Chambi de Mestas (fs. 44 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- i)
- Fragmento 10
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
- es posible admitir la legitimación pasiva de la anterior persona o autoridad responsable del acto, que cuenta con responsabilidad personal y a la vez de la nueva persona o autoridad que cuenta con responsabilidad institucional o simplemente de esta última
- no son excluyentes sino alternativos
- Fragmento 15
- III.3. Marco jurisprudencial, sobre la valoración de la prueba
- III.4. Análisis del caso en concreto
- Fragmento 18
- CONFIRMAR