Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1605/2014
Fecha: 19-Ago-2014
II.1.
II.1. Por Resolución Sancionatoria de Contrabando AN-GRORU ORUOI SPCCR 289/2013 de 1 de marzo, la Administración Interior de Aduana de Oruro, declaró probada la comisión de contravención aduanera por contrabando, contra Lucy Julia Zarzuela Chambi de Mestas, disponiendo el comiso definitivo de la mercancía (fs. 22 a 25), contra la cual la ahora accionante planteó recurso de alzada, resuelto por Resolución ARIT-LPZ/RA 0715/2013 de 17 de junio, confirmando la Resolución Sancionatoria de Contrabando señalada al exordio, dejando firme y subsistente el comiso definitivo de la mercancía consignada (fs. 11 a 21).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- i)
- Fragmento 10
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
- es posible admitir la legitimación pasiva de la anterior persona o autoridad responsable del acto, que cuenta con responsabilidad personal y a la vez de la nueva persona o autoridad que cuenta con responsabilidad institucional o simplemente de esta última
- no son excluyentes sino alternativos
- Fragmento 15
- III.3. Marco jurisprudencial, sobre la valoración de la prueba
- III.4. Análisis del caso en concreto
- Fragmento 18
- CONFIRMAR