SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1719/2014
Fecha: 05-Sep-2014
concedió
La Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución de “5” de febrero de 2014, cursante de fs. 34 a 36 vta., concedió la tutela solicitada ordenando que en el plazo de diez días se extienda mandamiento de desapoderamiento para la entrega efectiva del inmueble adjudicado a favor del accionante; y, concluir los trámites de la emisión de la minuta, su protocolización y cancelación en Derechos Reales y catastro, en base al siguiente razonamiento: 1) La Sentencia 58/2008 de 17 de diciembre, no fue cumplida porque la autoridad jurisdiccional no entregó el bien rematado al accionante a pesar de haber depositado el monto total del precio de la subasta; 2) Desde el mes de julio de 2013, viene solicitando la entrega del bien adjudicado y ejercer su derecho propietario; y, 3) No hay necesidad de señalamiento de audiencia como se pretendió en el proceso ejecutivo sino sólo cumplir con lo que está resuelto.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- siempre que no exista otro medio o recurso legal
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa
- III.2.1.
- III.2.2.
- III.2.3.
- no podrán decretarse recesos hasta dictarse la correspondiente resolución
- 1° REVOCAR