Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1724/2014
Fecha: 05-Sep-2014
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Aduce que, el Auto Supremo cuestionado, no sólo vulneró el derecho al debido proceso al convalidar actos arbitrarios mediante una equívoca labor interpretativa de legalidad, respecto a la aplicación del instituto de perención, sino también, lesiona otros derechos y garantías, que dieron origen a la formulación de la acción tutelar.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.12.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional
- III.2 La acción de amparo constitucional no es una instancia procesal adicional que forme parte de las vías legales ordinarias
- III.3. Del análisis de la interpretación de legalidad ordinaria
- III.4. Sobre la perención de instancia y sus efectos
- i)
- III.5.1. Sobre el erróneo cómputo de los seis meses, para la declaratoria de perención de instancia
- Fragmento 21
- CONFIRMAR