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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1724/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1724/2014

    Fecha: 05-Sep-2014

    II.8.

    II.8.    En fechas 16 y 17 de abril de 2012, el Oficial de Diligencias del Juzgado Octavo de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz, remite informe a la Juez de esté juzgado, haciendo conocer de las citaciones a los demandados, las cuales no se habrían adjuntado al expediente (fs. 20 a 21).

    • acción de amparo constitucional
    • Fragmento 2
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • II.3.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.10.
    • II.12.
    • II.13.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. De la acción de amparo constitucional
    • III.2 La acción de amparo constitucional no es una instancia procesal adicional que forme parte de las vías legales ordinarias
    • III.3. Del análisis de la interpretación de legalidad ordinaria
    • III.4. Sobre la perención de instancia y sus efectos
    • i)
    • III.5.1. Sobre el erróneo cómputo de los seis meses, para la declaratoria de perención de instancia
    • Fragmento 21
    • CONFIRMAR

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