Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1734/2014
Fecha: 05-Sep-2014
II.3.
II.3. De fs. 54 a 65 cursa acta de audiencia de amparo constitucional interpuesto por Armando Iporre Reynolds contra José Luis Llanos, Fiscal Departamental de Potosí, y que escuchadas las partes se procedió a emitir la Resolución 09/2013, que concede la tutela solicitada, dejando sin efecto la Resolución 32/“2012” de 4 de abril de 2013 y dispone se pronuncie nueva resolución (fs. 65 a 67 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Improcedencia de las acciones de defensa interpuestas para hacer efectivo el fallo de otra acción constitucional
- El derecho a recurrir se halla establecido en el art. 394 del CPP, adicionando las dos limitaciones que lo caracteriza, una objetiva y otra subjetiva.
- Fragmento 14
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR