Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1734/2014
Fecha: 05-Sep-2014
II.5.
II.5. Memorial de 9 de octubre de 2013, por el que Armando Iporre Reynolds pide al Juez Tercero de Instrucción en lo Penal, el cumplimiento a Resolución constitucional, así como, la Resolución incidental emitida por esa autoridad, librando el correspondiente mandamiento de libertad en su favor (fs. 75 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Improcedencia de las acciones de defensa interpuestas para hacer efectivo el fallo de otra acción constitucional
- El derecho a recurrir se halla establecido en el art. 394 del CPP, adicionando las dos limitaciones que lo caracteriza, una objetiva y otra subjetiva.
- Fragmento 14
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR