SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1750/2014
Fecha: 05-Sep-2014
Fragmento 18
La accionante refiere que se encuentra indebidamente detenida ya que en procedimiento abreviado fue condenada por el delito de tráfico de sustancias controladas, cuando en la imputación y requerimiento conclusivo se le atribuyó el delito de encubrimiento, resaltando que tal incongruencia le impide acceder al beneficio de excepción de sanción previsto por el art. 75 de la L1008, y con ello obtener su libertad, y que habiéndose solicitado la corrección de la Sentencia a la Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal a través de oficio cursado por el Juez Tercero de la misma materia, esta se negó a hacerlo en virtud a la pérdida de competencia provocada por la recusación que interpuso en su contra un tercero ajeno al proceso.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- ii)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- Fragmento 18
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR