SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1912/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1912/2014

Fecha: 25-Sep-2014

Dirigir y desarrollar la investigación eficientemente, precautelando que la labor de recolección de pruebas sea intachable

Es menester añadir que, la intervención del Ministerio Público en el proceso penal, debe realizarse en total respeto a las garantías procesales constitucionales y legales, en ese sentido, la SC 0214/2010-R de 31 de mayo, determinó que el rol del Ministerio Público conlleva: “…una triple finalidad: a) Dirigir y desarrollar la investigación eficientemente, precautelando que la labor de recolección de pruebas sea intachable; b) Preservar en el ejercicio de sus funciones, el respeto y resguardo de derechos fundamentales y garantías constitucionales; y, c) Promover la necesaria coherencia y seguimiento de las actividades policiales en relación a la investigación” (las negrillas son añadidas), de donde se colige que el Fiscal Departamental respecto de la falta de consideración del peritaje del IDIF por la Fiscal de Materia, siendo una prueba relevante en el caso donde se demandó falsedad ideológica, falsedad material y uso de instrumento falsificado, debió entender que era obligación de aquella, desplegar todas las medidas conducentes al esclarecimiento del hecho y a la obtención de la misma.

De lo relatado se tiene que no existió una adecuada fundamentación y motivación de la Resolución emitida por el Fiscal Departamental, por cuanto existió un pronunciamiento a medias de los puntos objeto de impugnación a la Resolución de sobreseimiento cuestionada, cuya resolución final, no dejó certeza de lo obrado.

Por lo expresado corresponde conceder la tutela solicitada por existir una evidente vulneración del derecho al debido proceso en su elemento a la debida fundamentación y motivación, debiendo en consecuencia emitir otra conforme los lineamientos contenidos en la jurisprudencia constitucional sentados en el Fundamento Jurídico III.3, y conforme los razonamientos explicados en los párrafos precedentes.