SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1912/2014
Fecha: 25-Sep-2014
Dirigir y desarrollar la investigación eficientemente, precautelando que la labor de recolección de pruebas sea intachable
Es menester añadir que, la intervención del Ministerio Público en el proceso penal, debe realizarse en total respeto a las garantías procesales constitucionales y legales, en ese sentido, la SC 0214/2010-R de 31 de mayo, determinó que el rol del Ministerio Público conlleva: “…una triple finalidad: a) Dirigir y desarrollar la investigación eficientemente, precautelando que la labor de recolección de pruebas sea intachable; b) Preservar en el ejercicio de sus funciones, el respeto y resguardo de derechos fundamentales y garantías constitucionales; y, c) Promover la necesaria coherencia y seguimiento de las actividades policiales en relación a la investigación” (las negrillas son añadidas), de donde se colige que el Fiscal Departamental respecto de la falta de consideración del peritaje del IDIF por la Fiscal de Materia, siendo una prueba relevante en el caso donde se demandó falsedad ideológica, falsedad material y uso de instrumento falsificado, debió entender que era obligación de aquella, desplegar todas las medidas conducentes al esclarecimiento del hecho y a la obtención de la misma.
De lo relatado se tiene que no existió una adecuada fundamentación y motivación de la Resolución emitida por el Fiscal Departamental, por cuanto existió un pronunciamiento a medias de los puntos objeto de impugnación a la Resolución de sobreseimiento cuestionada, cuya resolución final, no dejó certeza de lo obrado.
Por lo expresado corresponde conceder la tutela solicitada por existir una evidente vulneración del derecho al debido proceso en su elemento a la debida fundamentación y motivación, debiendo en consecuencia emitir otra conforme los lineamientos contenidos en la jurisprudencia constitucional sentados en el Fundamento Jurídico III.3, y conforme los razonamientos explicados en los párrafos precedentes.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- Fragmento 11
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 13
- III.2. Valoración de la prueba
- Fragmento 15
- derecho a la valoración razonable de la prueba; derecho a la motivación y congruencia de las decisiones
- III.4. Análisis del caso en concreto
- Dirigir y desarrollar la investigación eficientemente, precautelando que la labor de recolección de pruebas sea intachable