Los suscritos Magistrados manifiestan su voto disidente respecto a la DCP 0009/2015 de 14 de enero, bajo los siguientes argumentos jurídico- constitucionales:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados manifiestan su voto disidente respecto a la DCP 0009/2015 de 14 de enero, bajo los siguientes argumentos jurídico- constitucionales:

Fecha: 14-Ene-2015

Artículo 12.- OBLIGACIONES Y DEBERES COMO HABITANTES DEL MUNICIPIO

En el presente caso, se pretende establecer como un deber de los habitantes el pertenecer a una organización social. Este hecho, constituye una incompatibilidad con la previsión constitucional establecida en el art. 21.4 de la Ley Fundamental, que determina: “A la libertad de reunión y asociación, en forma pública y privada, con fines lícitos”, pues esta previsión de derechos civiles establece la libertad de elección de pertenecer a distintos grupos, entre ellos, las organizaciones sociales.