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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2015-S3

    Fecha: 05-Ene-2015

    I.1.3.Petitorio

    Solicita se conceda la tutela, dejándose sin efecto los Autos de 17 y 20 de junio de 2013, y el mandamiento de detención preventiva emitido por el Juez Noveno de Instrucción en lo Penal, “…debiendo quedar firme y subsistente la medida sustitutiva que estoy cumpliendo a la fecha con custodios policiales” (sic).

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3.Petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • concedió
    • I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • 1)
    • III.1. Idoneidad de los recursos ordinarios previos a la acción de libertad debe observarse en el caso concreto y no de manera teórica
    • i)
    • Si es que estas instituciones señalan la existencia de custodios necesarios, la suscrita autoridad jurisdiccional modificará de oficio esta medida determinando que la detención domiciliaria sea con escoltas
    • Respecto del Juez Noveno de Instrucción en lo Penal
    • CONFIRMAR

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