SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2015-S2

Fecha: 16-Ene-2015

II.2.

II.2.  Mediante Sentencia de Grados y Preferidos 162/2008 de 19 de julio, el Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de La Paz, reconoció, dentro del referido proceso de declaratoria de quiebra, los créditos y acreencias de las personas naturales y/o jurídicas, públicas o privadas que solicitaron su reconocimiento y figuran en los estados financieros de la Compañía de Seguros La Fénix Boliviana S.A. de Seguros y Reaseguros; asimismo, dispuso que “…si el activo de la masa de la quiebra resulta insuficiente para cubrir el total de las obligaciones de la Fénix Boliviana de Seguros y Reaseguros, se dará aplicación a lo dispuesto por el artículo 1650 del Código de Comercio…” (sic) (fs. 18 a 23 vta.).