SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0932/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0932/2015-S1

Fecha: 13-Oct-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Añade que, como profesional joven a cargo de la empresa Vista S.R.L., creó, diseñó y elaboró cuidadosamente la realización de un evento denominado inicialmente “Expo Vivienda y Construcción” (sic), solicitando el 7 de enero de 2015, a la Dirección General del referido campo ferial, la respectiva cotización y autorización para el mencionado evento, recibida la misma y ante la aceptación de arriendo del campo ferial en los días 27, 28 y 29 de marzo de igual año, comenzó a hacer funcionar su negocio contactándose con los participantes expositores en esa feria –constructoras, inmobiliarias y entidades bancarias–.

El 13 de febrero del mismo año, hizo conocer a las autoridades demandadas que en las fechas otorgadas, se llevaría a cabo las elecciones para Gobernadores y Alcaldes, pidiendo solucionar el asunto; posteriormente, el 25 de febrero del mencionado año, le informaron que en el departamento de Santa Cruz se realizaría una feria denominada “Expo Construcción o Expo Casa” (sic); por lo que, comunicó a los ahora demandados la posibilidad de cambiar el nombre del evento a “Expo Inmobiliaria” (sic).