Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0968/2015-S2
Fecha: 06-Oct-2015
3)
3) En base a lo anteriormente señalado, los demandados concluyeron señalando que la vulneración al debido proceso y al derecho a la defensa resultaban evidentes, así como también el incumplimiento del deber del a quo de cuidar que el proceso se desarrolló sin vicios de nulidad que pudieran afectarlo; por lo que, correspondía la aplicación de los arts. 87.IV de la LSNRA y 252 del CPC, en los alcances de los arts. 271 inc. 3) y 275 del mismo cuerpo normativo; y,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.2. Nulidad de actos procesales
- III.3. El debido proceso en sus vertientes de una debida fundamentación y motivación de las resoluciones vinculadas con el principio de congruencia
- III.4. Análisis del caso concreto
- 2)
- 3)
- 4)
- no pueden incluirse dentro del proceso como prueba
- CONFIRMAR en parte