Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0968/2015-S2
Fecha: 06-Oct-2015
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El abogado del accionante, se ratificó en los argumentos de la demanda, añadiendo que los demandados del interdicto de recobrar la posesión, no han dado cumplimiento a lo dispuesto por el juez que conoció la causa, respecto a la prohibición de innovar, asimismo, señaló que lo resuelto por los Magistrados demandados recae en figuras penales que se reserva para la instancia correspondiente.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.2. Nulidad de actos procesales
- III.3. El debido proceso en sus vertientes de una debida fundamentación y motivación de las resoluciones vinculadas con el principio de congruencia
- III.4. Análisis del caso concreto
- 2)
- 3)
- 4)
- no pueden incluirse dentro del proceso como prueba
- CONFIRMAR en parte