Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0968/2015-S2
Fecha: 06-Oct-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante considera que sus derechos al debido proceso y al acceso a la justicia fueron vulnerados por los demandados, quienes mediante Auto Nacional Agroambiental S1 035/2014 de 23 de junio, de oficio anularon obrados hasta la etapa de fijar la prueba, sin que las partes hayan objetado el actuado en ningún momento del proceso ordinario, haciéndose evidente su consentimiento y convalidación del acto; o que, se hubiera pretendido la nulidad del dicho acto a través de recurso de casación, habiendo los demandados incurrido en actuaciones ultra petita.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.2. Nulidad de actos procesales
- III.3. El debido proceso en sus vertientes de una debida fundamentación y motivación de las resoluciones vinculadas con el principio de congruencia
- III.4. Análisis del caso concreto
- 2)
- 3)
- 4)
- no pueden incluirse dentro del proceso como prueba
- CONFIRMAR en parte