Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0978/2015-S3
Fecha: 12-Oct-2015
I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
Lilian Paredes Gonzáles y Natalio Tarifa Herrera, Vocales de la Sala Civil, Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Segunda del Tribunal Departamental de Justica de Chuquisaca; y, Juan de Dios Condori Limachi, Juez Quinto de Partido en lo Civil y Comercial del mismo departamento, no se presentaron a la audiencia, ni remitieron informe alguno, pese a su legal citación cursante a fs. 667 y vta.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada: El deber de fundamentación y motivación de las resoluciones como elemento del debido proceso y el principio de pertinencia
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- iii)
- b)
- CONFIRMAR