Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0988/2015-S1
Fecha: 26-Oct-2015
II.2.
II.2. De acuerdo al memorial de 25 de noviembre de 2014, suscrito por Guido Fernando Skandar Quiroga, en calidad de apoderado de Hernán Silvestre Leigue Balcazar, presentado dentro de acción reivindicatoria seguida en contra de Fernando Alcides Sattori Cortéz, se señaló que se había contratado los servicios profesionales de Edgar Andrés Moreno Claros, como copatrocinante en dicho proceso judicial junto con el abogado Hugo Vargas Palenque. Asimismo, dicho memorial tiene como cargo de recepción manual el viernes 20 de febrero de 2015, a horas 9:30, firmando en constancia la Oficial de Diligencias del Juzgado Agroambiental de Trinidad (fs. 25 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos presuntamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- I.2.4. Intervención del Ministerio Público
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Las citaciones se realizarán en forma personal o mediante cédula
- Fragmento 17
- III.2. La responsabilidad que puede ocasionar la constatación de la vulneración de derechos
- Fragmento 19
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR