SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0988/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0988/2015-S1

Fecha: 26-Oct-2015

III.2.  La responsabilidad que puede ocasionar la constatación de la vulneración de derechos

II. Si la responsabilidad fuera atribuible a una servidora o servidor público, la Jueza, Juez o Tribunal que concedió la acción, ordenará la remisión de una copia de la resolución a la máxima autoridad administrativa de la entidad donde preste sus servicios, para el inicio, si corresponde, del proceso disciplinario".