Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0992/2015-S1
Fecha: 26-Oct-2015
I.2.3. Intervención del tercero interesado
El abogado de la DGAC, en audiencia manifestó que por memorial de 17 de enero de 2014, la parte accionante les solicitó aprobación de itinerarios en la ruta troncal, tema ligado a la comercialización de pasajes respecto al cual no tienen competencia, por lo que, respondieron negativamente por nota de 24 de enero del referido año, al estar firme la “Resolución 185 de la ATT” (sic); posteriormente se les remitió la Resolución 187 solicitándoles criterio correspondiente en tres puntos, emitiéndolos en la parte que les corresponde por “Nota 026 de 9 de enero de 2015” (sic).
- acción de amparo constitucional
- a)
- b)
- Por las consideraciones expuestas, técnicamente su solicitud no es aprobada
- c)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- III.3. Sobre el derecho a la igualdad y no discriminación
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR