SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0993/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0993/2015-S2

Fecha: 14-Oct-2015

'El Recurso Jerárquico solamente es admisible contra la Resolución que resuelve el Recurso de Alzada'.

Respecto del recurso jerárquico el art. 144 del CTB, señala: 'Quién considere que la resolución que resuelve el Recurso de Alzada lesione sus derechos, podrá interponer de manera fundamentada, Recurso Jerárquico ante el Superintendente Tributario Regional que resolvió el Recurso de Alzada, dentro del plazo de veinte (20) días improrrogables, computables a partir de la notificación con la respectiva Resolución…', por su parte el art. 195.III de dicha normativa, establece: 'El Recurso Jerárquico solamente es admisible contra la Resolución que resuelve el Recurso de Alzada'. Recurso jerárquico que es sustanciado y resuelto conforme al procedimiento establecido en los arts. 198 y 219 del CTB”.