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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0999/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0999/2015-S1

    Fecha: 26-Oct-2015

    II.6.

    II.6. El 24 de octubre de 2009, tras la notificación de la demanda a los “presuntos propietarios”, mediante edictos publicados el 21, 28 de septiembre y 5 de octubre, el Juez designó a la Abogada Jhandira Jiménez Sánchez, para que ejerza la defensa de oficio dentro del proceso, en ese sentido se apersonó y contestó la demanda, pidiendo se le hagan conocer posteriores actos procesales (fs. 115 vta., 117 a 118).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • 1)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • II.11.
    • III.1.
    • i)
    • REVOCAR

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