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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1025/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1025/2015-S1

    Fecha: 30-Oct-2015

    II.6.

    II.6.  Por memorial presentado el 7 de febrero de 2015, los ahora accionantes, solicitaron una explicación del por qué la Jueza no expidió mandamiento de desapoderamiento, mismo que fue providenciado “La parte deberá estar a los decretos, traslados y antecedentes del proceso” (sic), es decir, no expuso los motivos de su implícita negativa (fs. 150 a 515 vta.).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los          valores que sustenta el Estado boliviano
    • III.2.De la acción de amparo constitucional
    • III.3.
    • III.4 Análisis del caso concreto
    • Fragmento 17

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