SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1085/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1085/2015-S3

Fecha: 05-Nov-2015

a)

Solicita se conceda la tutela, disponiendo: a) La suspensión inmediata de los efectos y la nulidad del Auto de Vista 009/2015 de 13 de marzo, paralizando todos los actuados procesales en tanto no se pronuncie el Tribunal Constitucional Plurinacional; y, b) La declaratoria de responsabilidad civil y penal de las autoridades demandadas, con costas.

Luis Carlos Saucedo Rivero, Fiscal de Sustancias Controladas, por memorial de 7 de mayo de 2015, cursante de fs. 74 a 78, señaló que: a) Al encontrarse la causa bajo control jurisdiccional el accionante de manera previa a interponer la acción de amparo constitucional debió reclamar la devolución de la avioneta al Juez cautelar; b) La Resolución emitida por los Vocales demandados es correcta, siendo producto de una adecuada y objetiva valoración de la prueba y sustentada en normas sustantivas; c) Se denuncia falta de motivación, fundamentación y valoración de la prueba; empero, el fallo responde a una verdad material, en virtud a que existen pruebas como el microaspirado que dio positivo en cocaína y por otro lado, el ahora accionante no presentó prueba idónea alguna que demuestre su derecho propietario sobre la aeronave; y,    d) El Auto de Vista se encuentra debidamente fundamentado, habiéndose explicado sus argumentos de hecho y de derecho; además, conforme a la jurisprudencia, la motivación no implica una exposición ampulosa, sino debe ser clara, concisa e íntegra en todos los puntos demandados.