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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1085/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1085/2015-S3

    Fecha: 05-Nov-2015

    II.4.

    II.4.  Mediante Auto de Vista 009/2015 de 13 de marzo, dictado por los Vocales de la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Beni    -ahora demandados-, se revocó el Auto de “fs. 124 a 129, No 001/2015 de fecha 16 de enero del 2015”, declarando improbado el incidente de nulidad por defectos absolutos, debiendo continuarse con la investigación (fs. 8 a 10).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • i)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • no es un recurso casacional que forme parte de las vías legales ordinarias,
    • no se constituye en un mecanismo de impugnación de la labor que efectúan los jueces y tribunales ordinarios
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • III.2.1.
    • III.2.2.
    • III.3. Otras consideraciones
    • REVOCAR

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