SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1085/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1085/2015-S3

Fecha: 05-Nov-2015

III.2.2.

III.2.2.   En relación a la “seguridad jurídica” invocada por el accionante, el extinto Tribunal Constitucional mediante la SC 0096/2010-R de 4 de mayo, estableció que al ser la seguridad jurídica actualmente un principio constitucional y no un derecho, no es susceptible de protección vía amparo constitucional cuya finalidad de acuerdo a la Constitución Política del Estado es la de proteger derechos fundamentales, por cuanto no se realizará análisis alguno respecto a esta denuncia.