Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1085/2015-S3
Fecha: 05-Nov-2015
II.1.
II.1. Cursa memorial presentado 18 de diciembre de 2014, por Nicomedes Cuellar Antelo -ahora accionante-, ante el Juez Mixto de Instrucción y cautelar de Santa Ana de Yacuma, por el cual formuló incidente de nulidad por defectos absolutos no susceptibles de convalidación, pidiendo se declare la nulidad de todos los actuados viciados, constituyendo el más antiguo el informe policial de 6 de octubre del referido año y en consecuencia, se disponga el “desprecintado” y devolución de la aeronave (fs. 93 a 99 vta. del anexo).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- no es un recurso casacional que forme parte de las vías legales ordinarias,
- no se constituye en un mecanismo de impugnación de la labor que efectúan los jueces y tribunales ordinarios
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.2.1.
- III.2.2.
- III.3. Otras consideraciones
- REVOCAR