SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1089/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1089/2015-S3

Fecha: 05-Nov-2015

a)

Solicita se conceda la tutela; y en consecuencia, se disponga: a) Dejar sin efecto el Auto de Vista 08/2015 de 17 de abril y todas las actuaciones posteriores; b) Ordenar -como medida cautelar- la paralización de obras y mejoras que los demandados y terceros ejecuten en el bien inmueble de referencia, es decir, no innovar ni contratar; c) Que el Juez del proceso se inhiba de resolver y tramitar cualquier incidente o recurso mientras no se tramite la presente acción de amparo constitucional; y, d) Sea con responsabilidad y costas.

a)       Considera que la notificación con la Sentencia en Secretaría del Juzgado afectó formas esenciales del proceso, que es “grosero” y deja en indefensión a las partes, quienes pese a esta irregularidad estarían haciendo valer sus derechos incoando apelación, lo cual no significa que hubiese cumplido su finalidad; y,