SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1089/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1089/2015-S3

Fecha: 05-Nov-2015

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la defensa, a la propiedad privada; y, a los principios de seguridad jurídica y de legalidad, alegando que en el proceso interdicto de recobrar la posesión interpuesto por su fallecido padre, se dictó Sentencia de 22 de septiembre de 2013, declarando probada la demanda, y apelada que fue la misma por uno de los entonces demandados, la Jueza ahora demandada anuló obrados hasta la notificación con la referida Sentencia, conforme a lo dispuesto en el art. 82 del Código Procesal Civil, con vigencia anticipada, argumentando que se causó indefensión a los codemandados e instruyendo se notifique nuevamente de la misma forma que se citó con la demanda, aplicando erróneamente el art. 247 de la abrogada Ley de Organización Judicial.