SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1103/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1103/2015-S1

Fecha: 05-Nov-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Indicó que, Alfredo Rojas Lizárraga, antiguo socio del Sindicato Mixto de Transportistas “Valle Punata”, solicitó al Directorio de dicho ente, la autorización de la venta de sus acciones y derechos de línea, misma que a pesar de haber sido recomendada mediante informe jurídico de 18 de marzo de 2015, fue rechazada a través de la nota de 13 de abril de igual gestión. En ese sentido, el directorio (por disposición de la Asamblea General de Afiliados) determinó que el derecho de titularidad de la línea debía transferirse a favor del sindicato por el precio de $us8 000.- (ocho mil dólares estadounidenses), con el objeto de que sea dicho ente el que disponga su destino. Sin embargo, según indicó el accionante, el directorio autorizó la aludida venta y a través de carta de 17 del mismo mes y año, el antiguo propietario y socio, informó sobre la transferencia de la línea a favor de Teodorico Raúl Orellana Blas, quien habiendo cumplido todos los requisitos exigidos por el Estatuto Orgánico del Sindicato, solicitó su incorporación al mismo, como nuevo socio propietario; sin embargo, el 30 de abril de 2015, por misiva signada por el Secretario General del sindicato aludido, se rechazó la petición del accionante, por decisión de la Asamblea.

Calificó dicha determinación como injusta, discriminatoria y arbitraria, toda vez que no estuvo debidamente justificada y contravino un informe legal, por el cual, el asesor jurídico del sindicato recomendó su incorporación. Ante ello, acudió ante la Federación Departamental de Transporte Cochabamba, la cual emitió un memorándum de citación para todo el Directorio; empero, los miembros del mismo no asistieron a la convocatoria, por lo que no quedó instancia ulterior y acudió a la justicia constitucional.