Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1136/2015-S3
Fecha: 16-Nov-2015
II.1.
II.1. Cursa Auto 6281 de 30 de noviembre de 2011, por el que la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR -entidad accionante-, desestimó la solicitud de Compensación de Cotizaciones por Procedimiento Manual presentado por Toribia Quispe Huallpa (fs. 134). Contra este fallo, la asegurada presentó recurso de reclamación el 14 de febrero de 2012 (fs. 130), que fue resuelto por la Resolución 200/12 de 27 de abril de 2012 confirmando el referido Auto (fs. 87 a 89), aspecto que condujo a recurrir en apelación (fs. 86 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- III.1. La motivación y fundamentación de las resoluciones como obligación del juzgador
- En cuanto a esta segunda, la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiendo expresar el Juez sus convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas
- III.2. Análisis del caso concreto
- b)
- c)
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- los accionantes que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución
- CONFIRMAR