SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1136/2015-S3
Fecha: 16-Nov-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La entidad accionante a través de sus representantes, alega que se vulneró su derecho al debido proceso en su vertiente a la debida fundamentación, motivación, falta de congruencia y valoración objetiva de la prueba, indicando que dentro del trámite de compensación de cotizaciones en el procedimiento manual, seguido por Toribia Quispe Huallpa -ahora tercera interesada-, las autoridades judiciales ahora demandadas, pronunciaron el AS 323/2014 de 10 de noviembre, declarando infundado el recurso de casación planteado contra el Auto de Vista 68/2014-SSA-I de 21 de marzo, mismo que se basó en la aplicación del art. 14 del DS 27543, sin tomar en cuenta que se aplica únicamente a los trámites realizados por los asegurados en el sistema de reparto y no así para los trámites realizados por compensación de cotizaciones en el procedimiento manual.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- III.1. La motivación y fundamentación de las resoluciones como obligación del juzgador
- En cuanto a esta segunda, la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiendo expresar el Juez sus convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas
- III.2. Análisis del caso concreto
- b)
- c)
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- los accionantes que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución
- CONFIRMAR