Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1148/2015-S2
Fecha: 10-Nov-2015
II.1.
II.1. Mediante contrato de prestación de servicios y consultoría para el desarrollo urbanístico denominado “Alta Vista” de 9 de septiembre de 2006, Rubén Orlando Córdova Serrano contrató los servicios de Gustavo Álvaro Dellien Bianchi para que elabore el proyecto urbanístico de “Alta Vista” ubicado en la zona del Urubú, por un precio de $us2500.- (dos mil quinientos dólares estadounidenses) (fs. 281 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- improcedencia
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- principios de inmediatez
- inmediatez
- y para el caso de haberlos utilizado, los mismos deberán ser agotados, entendiéndose por esto que se debe tener el resultado en sentido negativo de las instancias idóneas para conocer y resolver el recurso o reclamo presentados por el recurrente
- las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa
- Fragmento 15
- III.3. Análisis del caso concreto
- notificó a Gustavo Álvaro Dellien Bianchi
- no planteó el recurso de casación
- CONFIRMAR en todo