SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1155/2015 S-2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1155/2015 S-2

Fecha: 10-Nov-2015

1)

La abogada y apoderada de YPFB Transporte S.A., por memorial cursante de     fs. 185 a 189, así como en audiencia, señaló: 1) La empresa a la cual representa, entre el 2010 y el 2012, adjudicó a LIAONING NORTHERN STEEL CO. LTD. siete órdenes de compra de cañería para la construcción de ductos de trasporte de gas y petróleo; relaciones contractuales de las que derivaron tres procesos arbitrales que se tramitan en el Centro de Conciliación y Arbitraje de la CAINCO, signados con los números 212 emergente de la orden de compra 639; 220 de la orden de compra 742 y 221 de la orden de compra 660, debido a las fallas de fabricación que presentaron al momento de hacer las pruebas hidráulicas antes de la operación de los ductos; 2) El laudo arbitral de 5 de noviembre de 2014, emitido dentro del arbitraje 220, determinó que la cañería provista por la empresa ahora accionante, presentó fallas de fabricación , por lo que se la condenó a reembolsar los costos directos de reemplazo de los tubos fallados, conforme a lo pactado en el contrato, por un monto de $us570 058,05; 3) No corresponde otorgar la tutela solicitada por cuanto el Tribunal arbitral tiene potestad para disponer medias precautorias en virtud a lo dispuesto por los arts. 35 y 13.IV de la Ley de Arbitraje y Conciliación y arts. 37.I y 46 del Reglamento de Procedimiento Arbitral, así como por los arts. 156, 158 y 169 del CPC, aplicables supletoriamente en virtud del art. 97 de la Ley de Arbitraje y Conciliación; 4) No se cumplió con el principio de subsidiariedad porque LIAONING NORTHERN STEEL CO.LTD., debió recurrir a la vía incidental del art. 176 del CPC, tampoco observó el principio de inmediatez; y, 5) Se otorgó una boleta de garantía por el monto que se pidió como medida precautoria, además que la misma es provisional y no definitiva.