SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1155/2015 S-2
Fecha: 10-Nov-2015
III.
El accionante denuncia la vulneración de los derechos de la empresa a la que representa, al debido proceso, a la propiedad privada, a dedicarse al comercio y a la industria, así como de los principios de supremacía constitucional, seguridad jurídica, legalidad e igualdad, por cuanto los miembros del Tribunal Arbitral ahora demandados, mediante Auto 1 de 24 de junio de 2014, en contravención del art. 37.I del Reglamento del Proceso Arbitral, dispusieron el embargo hasta la suma de $us860 368,01 de los montos que YPFB Transporte S.A. le adeuda por la provisión de tubería, a pesar que el proceso arbitral no tiene como pretensión la ejecución de una deuda líquida y exigible, puesto que la demanda versa sobre la devolución de supuestos daños y perjuicios ocasionados por la presunta falla en el material provisto; y no obstante, haber solicitado el cese de esa medida, se rechazó su pedido, dando lugar a una medida de embargo a favor de un demandante con derechos expectaticios que no tiene calidad de acreedor.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos, principios y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.
- III.1. El proceso de
- III.2. Finalidad y alcance de las medidas precautorias en el proceso arbitral
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- CONFIRMAR en todo