Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1171/2015-S1
Fecha: 16-Nov-2015
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
Los accionantes denuncian como lesionados sus derechos a la propiedad privada, a la vivienda, a la tutela judicial efectiva, al debido proceso y a la dignidad, citando al efecto los arts. 8.II, 19.I, 56.I y II, 115 y 180.I de la Constitución Política del Estado (CPE); 5.2, 6.2, 8, 11.1 y 21.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 10.1, 14 y Preámbulo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); y, 11.1 del Pacto Internacional de Derecho Económicos Sociales y Culturales (PIDESC).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo
- III.3. La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- III.4. Jurisprudencia reiterada sobre la
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 20