SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1205/2015-s2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1205/2015-s2

Fecha: 12-Nov-2015

Fragmento 14

               Ahora bien la SCP 0998/2012 de 5 de septiembre, sobre el particular estableció los siguientes presupuestos de activación de la acción de amparo constitucional cuando se denuncian a través de ella, la existencia de medidas de hecho: i) La carga probatoria a ser realizada por el peticionante de tutela, debe acreditar de manera objetiva la existencia de actos o medidas, asumidas sin causa jurídica, es decir en prescindencia absoluta de los mecanismos institucionales establecidos para la definición de hechos o derechos; y, ii) Para el caso específico de vías de hecho vinculadas al avasallamiento, al margen de la carga probatoria desarrollada en el anterior inciso, el peticionante de tutela debe acreditar su titularidad o dominialidad del bien en relación al cual se ejerció vías de hecho, aspecto demostrado con el registro de propiedad en mérito del cual se genera el derecho de oponibilidad frente a terceros’.