Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1205/2015-s2
Fecha: 12-Nov-2015
II.3.
II.3. Por Acta de Verificación y Posesión del Fundo Rústico de 3 de julio de 2014, realizada por la Notaría de Fe Pública 2 a cargo de Jorge Martínez Roldan, a solicitud de personeros de la empresa MICROAGRO S.R.L., se constituyó en el fundo rústico Patuju, Cantón Cuchío, provincia Warnes, con una superficie de 30.000m2, a objeto de verificar que el inmueble se encontraba deshabitado, sin existir ningún animal en el terreno tan solo un conteiner de color blanco, encontrándose esta Empresa en posesión del mismo (fs. 22 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de los demandados
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.
- Fragmento 10
- Fragmento 11
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- los hechos controvertidos o aún pendientes de ser resueltos en la vía judicial o administrativa, no pueden ser solucionados por la vía constitucional
- (SCP 0301/2012 de 18 de junio).
- III.4.
- 1)
- no será posible plantear la acción de amparo constitucional invocando derechos que se encuentren en disputa o estén controversia
- REVOCAR en todo