SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1205/2015-s2
Fecha: 12-Nov-2015
III.
El accionante denuncia violación de sus derechos a la propiedad privada y principio de seguridad jurídica, toda vez que habiendo adquirido en calidad de compraventa de su anterior propietaria el fundo rústico denominado “El Patuju”, sito en Warnes del departamento de Santa Cruz, aseveró que la parte demandada en forma violenta ingresó a su lote de terreno con ayuda de terceras personas, procedió a apropiarse del mismo con la finalidad de adherirlo a sus terrenos contiguos, destruyendo el portón de acceso al mismo, además de encontrarse efectuando la construcción de una pequeña barda con intervención de albañiles, alegando haber presentado una demanda de nulidad y ser el legítimo propietario del mismo, no obstante de encontrarse el predio delimitado con una barda perimetral, por lo que presentó denuncia ante el Ministerio Público, habiéndosele imputado formalmente por la comisión del ilícito de avasallamiento, además de solicitar su detención preventiva.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de los demandados
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.
- Fragmento 10
- Fragmento 11
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- los hechos controvertidos o aún pendientes de ser resueltos en la vía judicial o administrativa, no pueden ser solucionados por la vía constitucional
- (SCP 0301/2012 de 18 de junio).
- III.4.
- 1)
- no será posible plantear la acción de amparo constitucional invocando derechos que se encuentren en disputa o estén controversia
- REVOCAR en todo