Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1205/2015-s2
Fecha: 12-Nov-2015
II.1.
II.1. Claudia Heredia de Suarez, Notaria de Fe Pública 50, expidió el Testimonio de la Escritura Publica 2375/2013 18 de noviembre, sobre transferencia del fundo rústico denominado “El Patuju”, Cantón Cuchío, provincia Warnes del departamento de Santa Cruz, superficie de 30.000 m2, que efectuó Cynthia Carmiña Alarcón Vda. de Nayar en favor de la empresa MICROAGRO S.R.L. representada legalmente por Jorge Rodolfo Vélez Ocampo Castedo por la suma convenida de $us1 200 000.- (un millón doscientos mil dólares estadounidenses), (fs. 14 a 18 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de los demandados
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.
- Fragmento 10
- Fragmento 11
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- los hechos controvertidos o aún pendientes de ser resueltos en la vía judicial o administrativa, no pueden ser solucionados por la vía constitucional
- (SCP 0301/2012 de 18 de junio).
- III.4.
- 1)
- no será posible plantear la acción de amparo constitucional invocando derechos que se encuentren en disputa o estén controversia
- REVOCAR en todo