SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1205/2015-s2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1205/2015-s2

Fecha: 12-Nov-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso ordinario de nulidad de contratos y cancelación de inscripciones en registros públicos incoado por José Ernesto Limpias Chávez contra Cinthia Carmiña Alarcón Uría Viuda de Nayar y otros. La empresa MICROAGRO S.R.L. se constituye en propietaria de un lote de terreno ubicado en la Doble Vía al Norte diagonal al ingreso a Viru Viru, primera sección municipal de la provincia Warnes, con una extensión de 30.000m2, registrada en Derechos Reales (DD.RR.), bajo la matrícula 7.02.1.06.0004712, Código Catastral X000483157Y008048659, obtenida por compraventa de Cinthia Carmiña Alarcón Vda. de Nayar mediante financiamiento bancario obtenido del Banco Mercantil Santa Cruz S.A., mediante Testimonio 2375/2013, otorgado por ante la Notaria de Fe Pública 50 del Distrito Judicial de Santa Cruz a cargo de Claudia Heredia de Suárez.

El 27 de octubre de 2014, al promediar las 9:00 horas de la mañana, personal de la empresa MICROAGRO S.R.L. conjuntamente con personal de la Empresa Constructora CONCRERIOS contratada para realizar mejoras en el predio, y funcionarios de la empresa de seguridad Tango, constituidos en el predio constataron que el portón de ingreso habría sido violentado y sustraído, en su lugar se empezó a construir una pequeña barda de manera ilegal y arbitraria, indagándose sobre quien habría ordenado se violente el portón y se construya la barda, los albañiles informaron que quien les instruyó la destrucción del portón y la posterior construcción en su lugar de una pequeña barda, respondía al nombre de José Ernesto Limpias Chávez, quien se constituiría en propietario del predio colindante, habiendo con la construcción de la barda adherido arbitrariamente el terreno de propiedad de la empresa al suyo, en forma totalmente ilegal y violenta, se avasalló el predio e impidió el ingreso al mismo, despojándolos arbitrariamente de la posesión del predio, así como se restringió con ello el derecho a la propiedad.

Planteada la denuncia ante el Ministerio Público, el investigador asignado al caso en informe de 28 de octubre de 2014, estableció y corroboró la existencia de signos de violencia en la destrucción del portón y que en su lugar se estaba levantando una barda de ladrillo adobito, por lo que solicitó se cite a José Ernesto Limpias Chávez, quien confirmó haber ordenado el retiro del portón y construcción de una barda, al haberse planteado demanda ordinaria de nulidad de venta en contra de la vendedora y la empresa MICROAGRO S.R.L., razón por la cual el Ministerio Público presentó imputación formal ante el Juez Instrucción en lo Penal de Warnes por la comisión del delito de avasallamiento, pudiendo advertirse que los hechos son de data reciente, encontrándose el autor plenamente identificado.